La reforma tributaria brasileña que empezó su transición este año resolvió, en apariencia, la pregunta que más ansiedad genera entre las entidades filantrópicas cuando un país rediseña su sistema de impuestos al consumo: si van a seguir pagando IVA o no. La respuesta que dio el Congreso fue tranquilizadora en el titular e incómoda en […]
La reforma tributaria brasileña que empezó su transición este año resolvió, en apariencia, la pregunta que más ansiedad genera entre las entidades filantrópicas cuando un país rediseña su sistema de impuestos al consumo: si van a seguir pagando IVA o no. La respuesta que dio el Congreso fue tranquilizadora en el titular e incómoda en la letra menuda. Las instituciones de educación y asistencia social sin fines lucrativos conservan su inmunidad constitucional frente al nuevo Impuesto sobre Bienes y Servicios (IBS) y a la Contribución sobre Bienes y Servicios (CBS), los dos tributos que desde 2026 empiezan a sustituir, en un proceso escalonado que se extiende hasta 2033, al ISS (Impuestos sobre Servicios de Cualquier Naturaleza), el ICMS (Impuesto sobre la Circulación de Mercancías y Servicios), el PIS (Programa de Integración Social) y la Cofins (Contribución para el Financiamiento de la Seguridad Social). Pero esa misma ley les niega, de forma
expresa, el derecho a acreditar el impuesto que pagan cuando compran bienes y servicios. El resultado no es una carga nueva y visible, del tipo que se discute en asamblea y se reclama ante un tribunal. Es un costo que se queda incrustado en cada factura de insumos médicos, de energía o de tecnología, sin que nadie lo devuelva.
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Por: Daniel Sarmiento P.
Presidente OSFL LATAM
Octubre 2026